La Comisión aprobará su reglamento de funcionamiento, y registrará lo
actuado en actas. Emitirá sus pronunciamientos por consenso,
comunicándolos a la Comisión Coordinadora del SNEP, a través de la
Dirección de Educación del MEC. Podrá recomendar la aprobación de las
normas que resulten necesarias para la instalación y puesta en
funcionamiento del Instituto.
Funcionará en la sede de la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de
Educación Pública, contando con la asistencia de su Secretaría Permanente.