Asientos. Las constancias que resulten de los documentos presentados
según el Artículo anterior se harán en las fichas reales, personales o
empresariales según corresponda. Las mismas expresarán:
1º Número y fecha de entrada.
2º Funcionario interviniente.
3º Breve síntesis del acto presentado.
4º Número, folio, libro y fecha de la inscripción primitiva.
5º Número, folio, libro y fecha de la protocolización de la rogatoria-
minuta correspondiente al acto presentado.
6º Media firma del registrador.