COMISION INTERMINISTERIAL PARA LA PROHIBICION DE ARMAS QUIMICAS. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE LA CONVENCION INTERNACIONAL




Promulgación: 09/09/2004
Publicación: 16/09/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 628

Artículo 8

 (Límites y garantías). Los datos y documentos que se recaben y que obren 
en poder de la CIPAQ en virtud de lo dispuesto en este decreto serán 
clasificados, en los términos y con el grado de protección otorgado al 
respecto por la Convención, sus normas complementarias y por la normativa 
nacional vigente. Podrán transmitirse a la OPAQ y a otros Estados Partes, 
siempre que ello sea necesario para el cumplimiento de las obligaciones 
derivadas de la Convención.
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