COMERCIALIZACION DEL ARROZ CASCARA. ZAFRA 1987. 1988




Promulgación: 13/04/1988
Publicación: 01/07/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 368

Artículo 18

Deberá expedirse un recibo por el receptor donde constará:
Nombres y Apellidos del Productor y Recibidor Nº y Fecha de la Guía de
Tránsito, Matrícula del Vehículo Transportador, variedad, tipo, % de
Humedad del Arroz, kg Brutos y Netos, Tara, Fecha y firma del recibidor.
Será extendido en tres vías, una para el Productor, otra para el
Transportista y la tercera para el Recibidor.
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