APROBACION DEL SEXAGESIMO SEGUNDO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA N° 35 CELEBRADO ENTRE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y CHILE
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: el Sexagésimo Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 35, suscrito el 30 de mayo de 2018 entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR y el Gobierno de la República de Chile, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo 1980;
RESULTANDO: I) que el referido Acuerdo fue suscrito en aplicación de lo establecido en el Acuerdo de Complementación Económica N° 35 celebrado entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa de Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR y el Gobierno de la República de Chile de fecha 25 de junio de 1996, que establece la conformación de un Área de Libre Comercio;
II) que el citado instrumento es el resultado de las negociaciones entre los Estados Partes del MERCOSUR y la República de Chile, por el cual se incorpora al ACE 35 el Convenio de Cooperación, Intercambio de Información, Consulta de Datos y Asistencia Mutua entre las Administraciones Aduaneras de los Estados Partes del MERCOSUR y de la República de Chile;
CONSIDERANDO: el presente Protocolo tendrá una duración indefinida y entrará en vigor bilateralmente treinta (30) días después de que la República de Chile y por lo menos una de las otras partes signatarias hayan notificado a la Secretaría General de la ALADI su incorporación a los respectivos ordenamientos jurídicos internos;
ATENTO: a lo informado por la Delegación Permanente de la República Oriental del Uruguay ante ALADI y MERCOSUR;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébase el Sexagésimo Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 35, que incorpora el Convenio de Cooperación, Intercambio de Información, Consulta de Datos y Asistencia Mutua, suscrito el 30 de mayo de 2018 entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR y de la República de Chile, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo 1980; (*)