FIJACION DE ZONAS DE PROTECCION DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL C/C CARLOS A. CURBELO. LAGUNA DEL SAUCE. MALDONADO




Promulgación: 13/08/1996
Publicación: 21/08/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 217

Artículo 2

   Determínanse las siguientes superficies limitadoras de obstáculos:

 a) Superficie de aproximación: combinación de planos anteriores al
umbral, de pendiente ascendente y hacia afuera.
Longitud del borde interior           300 m
Distancia desde el umbral              60 m
Divergencia (a cada lado)              15%
Primera sección: longitud            3.000 m
pendiente                               2%
Segunda sección: longitud            3.600 m
pendiente                               2,5%
Sección horizontal: longitud         8.400 m
pendiente                                0%

 b) Superficie de transición: superficie compleja que se extiende a
lo largo del borde de la franja de pista y parte del borde de la
superficie de aproximación, de pendiente ascendente y hacia afuera
hasta la superficie horizontal interna.
Pendiente 14,3%

 c) Superficie horizontal interna: superficie resultante de aplicar un
círculo de 4.000 m. de radio en cada cabecera unidos exteriormente por
rectas tangenciales.
Altitud   65 m (MSL).

 d) Superficie cónica: superficie de pendiente ascendente hacia afuera
que se extiende desde la periferia de la superficie horizontal interna.
Pendiente 5%
Altitud del borde inferior         65 m. (MSL)
Altitud del borde superior        165 m. (MSL)
 e) Superficie Horizontal Externa: radio de 10.000 m. con centro en el
cruce de pistas a los efectos de evaluación de obstáculos.
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