El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CAPÍTULO V: ACTA DE ENTREGA
Artículo 21
(Contenido del Acta)
Cuando se produzcan cambios de Jefe de Misión o Jefe de la Oficina Consular por término de misión, misión de servicio o fin de encargaduría, el responsable saliente y quien asuma sus funciones deberán redactar un Acta donde conste:
1. Fecha de entrega de la Misión Diplomática o la Oficina Consular.
2. Nombre de Jefe de Misión o Jefe de Oficina Consular subrogado y
subrogante.
3. Saldo detallado de las partidas mencionadas en el artículo 2°, el
que resultará de los registros contables a la fecha de entrega.
4. Superávit y déficit de ejercicios anteriores detallados por año.
5. Estimación de las cuentas pendientes de pago del trimestre, a la
fecha de cese de funciones.
6. Saldo bancario y conciliación bancaria a la fecha de cese de
funciones.
7. Saldo en efectivo y arqueo de caja a la fecha de cese de
funciones.
8. Constancia de entregar y recibir los registros contables cerrados
a la fecha de entrega, y la conformidad con los mismos por ambas
partes.
9. Constancia de entregar y recibir las disponibilidades financieras
y todos los valores existentes que fueran declarados de
conformidad por ambas partes.
10. Constancia de entregar y recibir la Declaración Jurada de
utilización de recursos financieros hasta la fecha de entrega.
11. Constancia de entregar y recibir los registros de inventario, de
conformidad por ambas partes.
12. Constancia de entregar y recibir los registros de incidencias del
personal contratado localmente, donde conste el detalle por año o
por los períodos que corresponda de los días de licencia
generados y no gozados por los funcionarios, con nota de
conformidad de estos últimos en relación a los saldos
declarados.
13. Todas aquellas discrepancias que existan entre el funcionario que
entrega la Misión Diplomática u Oficina Consular y el que la
recibe.