SUBASTA DE ACCIONES DE LA CORPORACION NACIONAL PARA EL DESARROLLO -
ADMINISTRACION DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CARRASCO "GENERAL CESAREO L. BERISSO"
Modifícase la "Garantía de Realización de Inversiones", a la que refiere
el numeral 4.6 del artículo 4to. del Decreto 376/2002 y el punto ii) del
numeral 1.4.1 "Garantías de Contratación del Operador Aeroportuario,
Realización de Inversiones e Integración de Capital", del Capítulo 1.4
"Garantías", de la Sección 1 "Marco General", del "Régimen de Gestión
Integral", estableciendo que la misma comprenderá una Primera Etapa
correspondiente a las obras del Grupo de Obras 1 y 2, según se define en
el punto 4.1 del Anexo A del "Régimen de Gestión Integral", en la
redacción conferida por el presente Decreto, la que se fija en la suma de
U$S 1:500.000 (dólares de los Estados Unidos de América un millón
quinientos mil) y una Segunda Etapa correspondiente a las obras del Grupo
de Obras 3 y 4, también definidas en dicho Anexo A, la que se fija en la
suma de U$S 2:000.000 (dólares de los Estados Unidos de América dos
millones).