(Liberación). No serán devengadas las prestaciones establecidas en la
ley que se reglamenta por los pasajes:
A) Emitidos sin cargo a los funcionarios del Gobierno en misión del
Servicio;
B) Emitidos a favor de misiones diplomáticas o consulares extranjeras o
de instituciones del Estado que gocen de bonificaciones cuyo monto
supere el porcentaje aplicable;
C) Emitidos sin cargo a los funcionarios de la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica y empleados de las
empresas de aeronavegación que operen en el país.
D) Emitidos sin cargo a favor de ciudadanos uruguayos que fueran
invitados o becados para realizar estudios o participar en seminarios
en el exterior.