REGLAMENTACION DE LA LEY 14.845 RELATIVA A NORMAS SOBRE RELACIONES AERONAUTICAS DE LA REPUBLICA EN MATERIA COMERCIAL




Promulgación: 05/06/1979
Publicación: 25/06/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1758
Referencias a toda la norma

Artículo 13

 (Agentes de retención). Cuando los agentes, representantes o terceros
autorizados intervengan en el cobro del precio de los pasajes que sirven
de base a la aplicación del artículo 3º de esta reglamentación, deberán
retener y verter el importe respectivo en igual forma y condiciones que
las empresas de aeronavegación por las que actúan, debiendo proceder
conforme a lo establecido en el articulo 9º respondiendo solidariamente
con éstas en caso omiso.
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