REGLAMENTACION DE LA LEY 14.845 RELATIVA A NORMAS SOBRE RELACIONES AERONAUTICAS DE LA REPUBLICA EN MATERIA COMERCIAL




Promulgación: 05/06/1979
Publicación: 25/06/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1758
Referencias a toda la norma

Artículo 11

 (Transferencia de divisas). No podrá realizarse ninguna transferencia de
divisas al exterior, provenientes de las ventas de pasajes a que se
refiere el artículo 3º de esta reglamentación, sin previa certificación de
no adeudos, expedida por la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica.
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