PROCEDIMIENTO PARA EL TRANSPORTE Y USO DE SENSORES AEROTRANSPORTABLES EN EL ESPACIO AEREO EN EL TERRITORIO NACIONAL Y AGUAS JURISDICCIONALES - POLICIA AEREA NACIONAL




Promulgación: 05/07/1994
Publicación: 13/07/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 22
Derogada/o por: Decreto Nº 260/018 de 27/08/2018 artículo 19.
      Visto: las normas sobre Procedimiento para el transporte y uso de
aparatos fotográficos y filmadores sobre territorio nacional y sus aguas
jurisdiccionales, así como las que controlan la revelación y la obtención
de copias del mismo, aprobada por Decreto 21.409/952 de 4 de julio de
1952, con las modificaciones dispuestas por el Decreto 23.077/953 de 20 de
noviembre de 1953 y el Decreto 23.851/955 de 20 de mayo de 1955.

     Considerando: que el Comando General de la Fuerza Aérea estima
necesario adecuar el Procedimiento referido en el VISTO a la normativa
vigente, a la actual estructura orgánica de la Fuerza Aérea y a los medios
técnicos actuales de registración para un más eficaz ejercicio del
cometido de Policía Aérea Nacional.

     Atento: a lo establecido por el artículo 35 del Decreto-Ley 14.157 de
21 de febrero de 1974, literal D) del artículo 5 y artículo 21 del
Decreto-Ley 14.747 de 28 de diciembre de 1977, artículos 9, 17, 24 y 209
del Código Aeronáutico, aprobado por el Decreto-Ley 14.305 de 29 de
noviembre de 1974 y a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio
de Defensa Nacional.

     El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 314/994 de 05/07/1994 artículo 1.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 314/994 de 05/07/1994 artículo 2.

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 314/994 de 05/07/1994 artículo 3.

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 314/994 de 05/07/1994 artículo 4.

LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS
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