EMISION DE BONOS DEL TESORO. BONOS GLOBALES EN PESOS REAJUSTBLES 2a. SERIE




Promulgación: 06/09/2006
Publicación: 13/09/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 569
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Los intereses que devengarán los Bonos se pagarán semestralmente en
dólares de los Estados Unidos de América, convirtiendo a esa moneda a la
fecha de vencimiento la cantidad de pesos uruguayos reajustados según el
valor de la Unidad Indexada. El primer vencimiento de intereses tendrá
lugar seis meses después de la fecha de emisión de los Bonos.
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