REGLAMENTACION DEL ART. 133 DE LA LEY 19.355 RELATIVO AL PAGO DE UNA COMPENSACION ESPECIAL AL PERSONAL NO SANITARIO QUE DESEMPEÑE TAREAS DE RESPONSABILIDAD
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 133.
Artículo 3
La Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas asignará el crédito, establecerá los puestos de trabajo y los diferentes niveles de responsabilidad que cada repartición dispondrá conforme con los objetivos establecidos para el período, considerando además, las necesidades del servicio, el crédito disponible y los incumplimientos constatados.