Constituyen técnicas de reproducción humana asistida de baja complejidad
aquellos procedimientos en función de los cuales la unión entre el óvulo y
el espermatozoide se realizan dentro del aparato genital femenino e
incluyen inducción de la ovulación e inseminación artificial, en todas sus
modalidades.
La aplicación de cualquier otra técnica no incluida en la descripción
precedente, requerirá la autorización del Ministerio de Salud Pública,
previo informe favorable de la Comisión Honoraria de Reproducción Humana
Asistida.