CREACION DE LA COMISION TECNICA ASESORA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL




Promulgación: 01/07/1994
Publicación: 13/07/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 11

CAPITULO I - DE LA COMISION TECNICA ASESORA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo 2

    (Cometidos).- Corresponde a la Comisión Técnica Asesora de
Ordenamiento Territorial:
     a) Colaborar con el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en la definición de
las políticas nacionales de ordenamiento territorial.
     b) Cooperar con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente, en la formulación, ejecución, supervisión y evaluación de
los planes nacionales, regionales y locales de ordenamiento territorial.
     c) Actuar como instrumento de coordinación interinstitucional de las
actividades entre los distintos organismos públicos y de éstos con los
privados que tengan relación o incidencia con el ordenamiento territorial.
     d) Asesorar al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente o, a través de dicha Secretaría de Estado, al Poder
Ejecutivo y a las Intendencias Municipales, en aquellas materias que se le
soliciten.
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