DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. CAPACITACION DE CONDUCTORES PROFESIONALES




Promulgación: 29/01/2010
Publicación: 10/02/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 131

Artículo 2

 Otórgase la exoneración de todo recargo, incluso el mínimo, del Impuesto
Aduanero único a la importación, de la Tasa de Movilización de Bultos, de
la Tasa Consular y, en general de todo tributo, incluyendo el Impuesto al
Valor Agregado, a los equipos simuladores de conducción destinados a
integrar el activo fijo, siempre que sean importados directamente por la
entidad que desarrolle la actividad mencionada en el artículo 1° del
presente decreto, y siempre que hayan sido declarados no competitivos con
la industria nacional.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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