SANIDAD VEGETAL - DESTRUCCION DE ABROJO GRANDE Y ABROJO CHICO




Promulgación: 22/01/1986
Publicación: 12/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 239

Artículo 10

    Los Servicios Agronómicos Regionales que corresponda, acordarán con
los Municipios respectivos la forma de extirpar las malezas plagas que se
mencionan en este decreto, en las calles y terrenos baldíos de las plantas
urbanas y suburbanas de la ciudad, villas o pueblos.
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