(Sustitución de mecenas o patrocinador). En caso que se verifique la situación descrita en el artículo 24 del presente decreto, la entidad deportiva podrá sustituir el financiamiento del proyecto mediante la presentación ante la COMPRODE de un nuevo mecenas o patrocinador. La COMPRODE analizará la situación y realizará la recomendación al Poder Ejecutivo para que éste, en caso de corresponder, emita una nueva declaratoria promocional actualizando el proyecto a la nueva realidad.