(Desistimiento del interesado). En caso que el proyecto presentado estuviera incompleto, en cuanto a la información que se agrega y/o se le exigiera la constitución de garantías de acuerdo a lo previsto en el artículo 12 del presente decreto, se le conferirá vista al interesado por un plazo de 5 (cinco) días hábiles, prorrogable a su solicitud por igual término y por única vez. Vencida la vista o su prórroga sin que se hubiere evacuado, se considerará al interesado desistido de su proyecto.