(Organización, constitución y cometidos de la COMPRODE). La COMPRODE estará integrada por 4 (cuatro) miembros de carácter honorario, que conformarán la Junta de Representantes, uno de la Secretaría Nacional del Deporte que la presidirá, un miembro del Ministerio de Economía y Finanzas, un representante del Congreso de Intendentes y uno del deporte, que durarán 4 (cuatro) años en el ejercicio de sus funciones.
La COMPRODE asesorará al Poder Ejecutivo de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 18.833, a las del presente decreto y a su normativa interna e instructivos.
La designación del representante del deporte en la COMPRODE se elegirá de común acuerdo por parte de los dos miembros representantes del Poder Ejecutivo a partir de una lista de 5 (cinco) candidatos presentados uno por el Comité Olímpico Uruguayo, uno por la Confederación Uruguaya de Deportes, uno por la Asociación Uruguaya de Fútbol, uno por la Federación Uruguaya de Básquetbol y uno por la Organización de Fútbol del Interior.
Dentro de los 30 (treinta) días de su designación la COMPRODE deberá dictar sus normas de funcionamiento e instructivos que correspondan para regular su actividad de asesoramiento y para informar a los interesados la forma y el plazo de presentación de la información.