RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO DEL RIEGO




Promulgación: 29/06/1993
Publicación: 26/07/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

      La Comisión de Coordinación Interministerial se integrará con el
Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, o quien él delegue, que la
presidirá, el Ministro de Transporte y Obras Públicas y el Director de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto o quienes ellos deleguen.
      La Unidad Ejecutora se creará dentro del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca, en la forma que dicho Ministerio lo considere
adecuado de acuerdo con su propia estructura. 
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