REGIMEN DE ASCENSOS DE FUNCIONARIOS PUBLICOS. ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 31/07/1996
Publicación: 14/08/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 145
Referencias a toda la norma

TITULO III
CAPITULO UNICO - ACTUACION DE LOS TRIBUNALES

Artículo 28

   Las puntuaciones de promoción deberán ser publicadas en cartelera en
los locales de trabajo respectivos, durante un plazo de siete días hábiles
a contar de la fecha en la que se otorgaron, consignando el orden de
prelaciones.
 Vencido el plazo de publicación, el Departamento de Personal notificará
personalmente a cada funcionario, haciéndole entrega en ese acto, de una
constancia de la puntuación de promoción con la discriminación de los
factores.
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