REGLAMENTACION DE LA LEY 17.060, RELATIVA A NORMAS DE CONDUCTA EN LA FUNCION PUBLICA




Promulgación: 23/01/2003
Publicación: 28/01/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 173
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 17.060 de 23/12/1998,
      Código Penal de 04/12/1933 artículos 68, 84, 156, 157, 158, 158 - 
BIS, 159, 160, 161, 162, 163, 175, 177 y 179.
Referencias a toda la norma

TITULO I - NORMAS DE CONDUCTA EN LA FUNCION PUBLICA
CAPITULO 2 - PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 20

 (Eficiencia en la contratación). Los funcionarios públicos tienen la 
obligación de respetar estrictamente los procedimientos de contratación 
aplicables en cada caso y de ajustar su actuación en la materia a los 
siguientes principios generales:
A) Flexibilidad.
B) Delegación.
C) Ausencia de ritualismo.
D) Materialidad frente al formalismo.
E) Veracidad salvo prueba en contrario.
F) Igualdad de los oferentes, concurrencia en todos los 
   procedimientos competitivos para el llamado y la selección de ofertas
   y amplia publicidad de las adquisiciones de bienes y contrataciones de 
   servicios (arts. 5º de la ley 17.060 y 11 literal H) del Decreto 
   354/999).
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