MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 1996




Promulgación: 05/02/1997
Publicación: 25/02/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 168
Fe de erratas publicada/s: 04/03/1997.

Artículo 80

   Los funcionarios de la Clase de Administración que desempeñen tareas en
el área de informática percibirán una compensación transitoria por
desempeño de función, equivalente a la diferencia entre el grado EPU del
cargo cuya función desempeñan y el grado correspondiente al cargo que
actualmente ocupan. Dichas compensaciones tendrán vigencia hasta la
asignación de los cargos de la nueva estructura, no integrando la
compensación Personal por Reestructura prevista en el artículo 33o. de
este Decreto.
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