Fe de erratas publicada/s: 04/03/1997.
El Personal Técnico Universitario de profesión Abogado del NIVEL ESPECIAL percibirá una remuneración mensual de acuerdo a los grados que se indican de la Escala Patrón Unica: DENOMINACION DEL CARGO GRADO E.P.U. Abogado Asesor 55 (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 61.