MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 1996




Promulgación: 05/02/1997
Publicación: 25/02/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 168
Fe de erratas publicada/s: 04/03/1997.

Artículo 37

            Los incrementos en los valores de la Escala Patrón Unica se
fijarán en cada cuatrimestre de acuerdo a la variación del Indice General
de Precios al Consumo, confeccionado por el Instituto Nacional de
Estadística, en el cuatrimestre respectivo.
A ello se adicionará, en cada cuatrimestre, un porcentaje fijo del 1.28%
hasta el grado EPU 54 y del 1.07% del Grado EPU 55 en adelante.
Los valores que se asignen a los grados de la Escala Patrón Unica se
redondearán a la unidad superior.
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