EXHORTACION A UTE A QUE LOS BIENES Y SERVICIOS DESTINADOS A LA EXPANSION O AMPLIACION DE SU PARQUE GENERADOR DE ENERGIA ELECTRICA TENGA INCORPORADO EL COMPONENTE NACIONAL




Promulgación: 24/09/2018
Publicación: 01/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.

Artículo 3

   El Ministerio de Industria, Energía y Minería informará a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) los criterios de incorporación de componente nacional para la expansión del parque de generación, en un plazo máximo de 60 días desde recibida la consulta.
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