PLANIFICACION DE LA CUENCA DEL RIO NEGRO




Promulgación: 18/09/2018
Publicación: 24/09/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   (Comité de Coordinación Ejecutivo). Crease el Comité de Coordinación Ejecutiva para la elaboración, consulta y coordinación de la ejecución y seguimiento de la Iniciativa para el Río Negro, integrado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), que lo presidirá. La Secretaría Nacional de Ambiente, Agua y Cambio Climático actuará en apoyo, en la articulación y coordinación interinstitucional para la preparación y ejecución del Plan. El Comité de Coordinación Ejecutiva convocará a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, (UTE) y Administración de las Obras Sanitarias del Estado, (OSE) cuando se traten asuntos que las involucren. Para la siguiente etapa del Plan de la Cuenca se ampliará su integración por resolución del Presidente de la República. (*)

(*)Notas:
Ver: Decreto Nº 90/022 de 18/03/2022 artículo 1 (sustituye como integrante 
al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente por 
el Ministerio de Ambiente).
Referencias al artículo
Ayuda