REGLAMENTACION DEL ART. 32 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 32.

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION
Capítulo II. Integración y Atribuciones del Director y Sub Director

Artículo 5

   (Atribuciones de la Sub Dirección): Al Sub Director Nacional le corresponderá:
   1) Subrogar al Director Nacional en los casos en que este no se encuentre en el ejercicio de sus funciones, conforme las directivas de acción impartidas.
   2) Establecer con el Director las pautas que sean necesarias para el funcionamiento adecuado de los distintos servicios y departamentos que integren la Unidad.
   3) Proponer medidas de régimen interno, administrativas, protocolos de actuación, logísticas, etc para el buen cumplimiento de los cometidos asignados.
   4) Ejercer el control respecto al cumplimiento y ejecución de las órdenes impartidas por el Ministerio del Interior y el Director Nacional.
   5) Presidir la Junta Calificadora de Personal integrante de la Escala Básica de la Policía Nacional.
   6) Desempeñar toda otra función o comisión que le asigne el Director Nacional.
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