REGLAMENTACION DEL ART. 32 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 32.

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION
Capítulo III Organización Estructural

Artículo 28

   El Departamento Financiero Contable estará integrado por la Sección Contaduría, Sección Liquidaciones y Sección Habilitaciones, entre los que se distribuirán los cometidos que se detallan a continuación:
   1°) Realizar las tareas Financiero Contables de la Unidad Ejecutora, supervisando, controlando y registrando la actividad de los diferentes Departamentos y respectivas Secciones que tengan injerencia en el área de su especialidad, en base a la normativa vigente en la materia y las directivas del Comando de la Dirección Nacional, asesorado por el Gerente Financiero Contable designado por el Ministerio del Interior.
   2) Administrar con responsabilidad, eficiencia, economía y racionalidad, los recursos humanos y medios logísticos asignados.
   3) Cualquier otra dispuesta por el Comando de la Dirección Nacional.
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