REGLAMENTACION DEL ART. 32 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 32.

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION
Capítulo III Organización Estructural

Artículo 26

   Del Departamento de Servicios Generales dependerá la Sección de Proveeduría, Inventarios y Sección Vehículos.
   A dicho Departamento y sus Secciones les corresponden las siguientes funciones:
   1) Realizar el mantenimiento de las instalaciones edilicias de la Oficina Central y de los locales que ocupen las Inspectorías de Control Migratorio o cualquier otro recinto que se destine a esta Unidad Ejecutora.
   2) Realizar una adecuada y racionalizada distribución y administración de los insumos que se adquieran para el funcionamiento de los diferentes servicios, con su correspondiente control y registro.
   3) Mantener actualizado un inventario del mobiliario existente en todas las dependencias de la Dirección Nacional, realizando las comunicaciones pertinentes al Ministerio del Interior para registro y control.
   4) Mantener, controlar y administrar la flota vehicular, el servicio de choferes y combustible asignado y su uso.
   5) Administrar con responsabilidad, eficiencia, economía y racionalidad, los recursos humanos y medios logísticos asignados.
   6) Cualquier otra dispuesta por el Comando de la Dirección Nacional.
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