REGLAMENTACION DEL ART. 32 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 32.

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION
Capítulo III Organización Estructural

Artículo 20

   El Departamento de Administración tendrá las siguientes funciones:
   1) Planificar, adquirir y registrar los medios logísticos necesarios para el normal funcionamiento de la Dirección Nacional, sus dependencias y servicios.
   2) Mantener actualizado un registro de proveedores y el archivo de Contratos con la correspondiente intervención del Departamento Jurídico Notarial, debiendo realizar un control constante de la vigencia de los mismos para su correspondiente renovación o sugerencia de rescisión por incumplimiento, inconveniencia, etc.
   3) Preparar los procesos de compra directa cuando correspondiere y los Pliegos de Licitación de acuerdo a la normativa vigente, debiendo estar el personal actualizado respecto a los avances en la materia, ya sea normativo como de formatos.
   4) Administrar con responsabilidad, eficiencia, economía y racionalidad, los recursos humanos y medios logísticos asignados.
   5) Cualquier otra dispuesta por el Comando de la Dirección Nacional.
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