REGLAMENTACION DEL ART. 31 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE IDENTIFICACION CIVIL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 31.

CAPITULO I: DEPENDENCIAS Y COMETIDOS ESPECÍFICOS DE LA
                DIRECCIÓN NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN CIVIL
SECCIÓN XV: EL DEPARTAMENTO ARCHIVO NACIONAL Y MICROFILMACIÓN DE LEGAJOS PERSONALES:

Artículo 47

   Cometido específico: administrar el manejo y custodia de los Legajos Personales, no informatizados e informatizados, en sus soportes físicos: papel y magnético, garantizando la conservación de la documentación, así como la reserva y protección de la información almacenada, asegurando su inmediata recuperación.
   Dependerá jerárquicamente de la Dirección Nacional.
   Estará a cargo de un Director de Departamento, secundado por un Sub Director. Se conforma con las siguientes Secciones:
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