REGLAMENTACION DEL ART. 31 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE IDENTIFICACION CIVIL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 31.

CAPITULO I: DEPENDENCIAS Y COMETIDOS ESPECÍFICOS DE LA
                DIRECCIÓN NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN CIVIL
SECCIÓN XIV: DEPARTAMENTO DACTILOSCÓPICO Y PATRONÍMICO:

Artículo 41

   Cometido específico: dar cumplimiento a los mecanismos implementados para identificar a las personas físicas, a través del estudio de las huellas digitales efectuado en base a los principios y fundamentos de la Ciencia de la Dactiloscopía, conformando el Archivo Nacional Dactiloscópico y el Archivo Nacional Patronímico Informatizado.
   Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional.
   Estará a cargo de un Director de Departamento, secundado por un Sub Director. Se conforma con las siguientes Secciones:
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