El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 31.
CAPITULO I: DEPENDENCIAS Y COMETIDOS ESPECÍFICOS DE LA
DIRECCIÓN NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN CIVIL SECCIÓN IX: DEPARTAMENTO DE CÉDULAS DE IDENTIDAD Y
PASAPORTES DE MONTEVIDEO:
Sección Equipo Móvil:
Artículo 22
Cometido específico: cumplir con las etapas que le competen para expedir la Cédula de Identidad y Pasaporte a las personas físicas y psíquicamente imposibilitadas en sus domicilios, o mediante la concurrencia a Organismos públicos y privados que así lo requieran en el marco de campañas tendientes a disminuir la indocumentación en el medio social.
Dependerá jerárquicamente de la Dirección del Departamento de Cédulas de Identidad y Pasaportes de Montevideo.
Estará a cargo de un Jefe de Sección.