REGLAMENTACION DE LA LEY 18.747 RELATIVO AL OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS FISCALES A LOS TITULARES DE EXPLOTACIONES GANADERAS




Promulgación: 16/08/2011
Publicación: 30/08/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 478
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.747 de 22/04/2011.
Referencias a toda la norma
VISTO: la ley N° 18.747 promulgada el 22 de abril de 2011;

RESULTANDO: que la mencionada ley impulsa incentivos para que los
productores ganaderos de cría adopten medidas que permitan atenuar el
impacto del déficit hídrico ocurrido meses atrás;

CONSIDERANDO: necesario reglamentar la antedicha disposición;

ATENTO: a lo expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Crédito fiscal por compras de raciones y suplementos proteicos.- Otórgase
a los titulares de explotaciones ganaderas un crédito fiscal equivalente
al 25% (veinticinco por ciento) del valor de las compras de raciones
balanceadas destinadas al destete precoz de terneros y de los suplementos
proteicos suministrados a las vacas y vaquillonas del rodeo de cría,
adquiridos entre el 1° de diciembre de 2010 y el 30 de junio de 2011.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 5.

JOSÉ MUJICA - TABARÉ AGUERRE - FERNANDO LORENZO
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