REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 92 AL 95 DE LA LEY 18.437 RELATIVOS A LA LEY GENERAL DE EDUCACION




Promulgación: 11/09/2013
Publicación: 18/09/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 837
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.437 de 12/12/2008.

Título I
Capítulo III De la Comisión Directiva.
Sesiones.

Artículo 9

 La Secretaría llevará las actas de cada sesión, las que deberán aprobarse
en la siguiente sesión de la Comisión. Las actas contaran con la nómina de
participantes, el Orden del Día, los temas tratados y las resoluciones
adoptadas. Cualquier miembro de la Comisión podrá dejar asentado en actas
las consideraciones o constancias que crea necesarias.
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