VISTO: el artículo 33 de la Ley 19.315 de 18 de febrero de 2015.
RESULTANDO: I) que la mencionada disposición legal establece los cometidos de la Dirección General de Fiscalización de Empresas.
II) que constituyen cometidos de la referida unidad policial el registro, contralor, fiscalización y supervisión de los servicios prestados por personas privadas, físicas o jurídicas debidamente autorizadas para el cumplimiento de actividades de seguridad privada.
CONSIDERANDO: que corresponde reglamentar la referida disposición legal, determinando la estructura orgánica de la Dirección General de Fiscalización de Empresas
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
TITULO I
NATURALEZA JURIDÍCA Y COMETIDOS
Artículo 1
(Definición) La Dirección General de Fiscalización de Empresas es una Unidad Operativa del Ministerio del Interior; subordinada a la Dirección de la Policía Nacional, cuyo cometido esencialmente es la Seguridad Privada, su función es especializada y posee jurisdicción nacional.