REGLAMENTACION DEL ART. 29 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE POLICIA CIENTIFICA




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 05/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 29.

CAPÍTULO II
                    COMETIDOS GENERALES Y ORGANIZACIÓN

SECCIÓN CUARTA DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN

Artículo 68

   El Director de Administración deberá contar con probados conocimientos en administración y tendrá las siguientes tareas:
   a. Asesorar a la Dirección Nacional en la administración de los rubros y partidas presupuestales asignados y en las estimaciones de fondos necesarios para cumplir los cometidos del servicio.
   b. Administrar los recursos humanos y materiales que le sean asignados.
   c. Coordinar y controlar las actividades y documentación de las Divisiones a su cargo.
   d. Toda otra tarea inherente a su cargo y especialidad.
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