Compensación Secretarías Directores. A las secretarías de cada Director se le asignará una partida nominal mensual de $ 50.000,oo (pesos cincuenta mil) para Presidencia y de $ 29.984,oo (pesos veintinueve mil novecientos ochenta y cuatro) para la de cada director restante sujetas a montepío, reajustable con el I.P.C. cada seis meses (mes base 100, diciembre/14), a efectos de solventar los gastos derivados de la atención y representación que el desempeño de dichas tareas implica, y serán distribuídas por cada Director en los porcentajes que estime conveniente para cada una de las personas que tenga a su disposición, funcionario público o no, sin que esta retribución implique ingreso a la función pública.
Estas compensaciones tendrán además los límites establecidos en los artículos siguientes.