FUNCIONARIOS DIPLOMATICOS. APORTES PATRONALES Y PERSONALES DE SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 29/01/2007
Publicación: 06/02/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 146

Artículo 4

   A efectos del pago de los aportes patronales a la seguridad social por 
parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Contaduría General de
la Nación habilitará los créditos necesarios para atender las erogaciones 
por este concepto en la financiación 1.1. y en los objetos de gasto 
081.000 y 082.000 de los Programas 0012 o 002 según corresponda. 
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