SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES ESTATALES. REFORMA DEL ESTADO




Promulgación: 30/07/2002
Publicación: 02/08/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 267
Referencias a toda la norma
VISTO: Lo dispuesto por el artículo 694 y siguientes de la Ley No. 
16.736, de 5 de enero de 1996, en materia de desregulación y reforma 
administrativa.

RESULTANDO: I) Que en el marco del proceso de Reforma del Estado previsto 
legalmente, se han implementado diversos sistemas de información para 
mejorar la gestión en la Administración Pública y el ejercicio de sus 
competencias.

II) Que se ha desarrollado, conforme a lo previsto en el artículo 8 y 
siguientes del Decreto No. 342/999, de 26 de octubre de 1999, un Sistema 
de Compras y Contrataciones Estatales (SICE) a los efectos de contribuir 
a la gestión del proceso de compras en las diversas Unidades Ejecutoras.

III) Que el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado ha implementado 
el Sistema de Retribuciones (SR), cuya finalidad es obtener información 
sobre los haberes liquidados, por todo concepto, a los recursos humanos 
que prestan funciones en la Administración Pública.

IV) Que el artículo 20 de la Ley No. 17.296 de 21 de febrero de 2001, 
determina que los jerarcas de las unidades ejecutoras de los Incisos 02 a 
15 del Presupuesto Nacional y los órganos y organismos del artículo 220 
de la Constitución de la República, son responsables de proporcionar 
información a la Contaduría General de la Nación, acerca de la totalidad 
de los cargos y contratos de función pública de sus respectivas oficinas, 
cualquiera sea su naturaleza, así como lo que perciben sus titulares, por 
todo objeto del gasto y fuente de financiamiento

V) Que el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado ha desarrollado el 
Sistema de Supervisión de las Condiciones Objetivas de Trabajo (SCOT), 
con la finalidad de obtener información acerca de las horas trabajadas 
por los funcionarios de la Administración Central y para el cumplimiento 
de los cometidos establecidos a la Auditoría Interna de la Nación en el 
artículo 48 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996.

VI) Que el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado ha implementado el 
Sistema de Distribución del Gasto por Centros de Actividad (SDG), con la 
finalidad de contar con información desagregada de qué Unidades 
Organizativas realizan la ejecución del gasto en las Unidades Ejecutoras 
e Incisos del Presupuesto Nacional.

CONSIDERANDO: Que es necesario asignar del punto de vista orgánico 
institucional las competencias que se desprenden de los diversos Sistemas 
mencionados en los Resultandos II a VI de este Decreto, implementados en 
el ámbito del proceso de Reforma del Estado.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                    actuando en Consejo de Ministros,                     
                                                                          
                                 DECRETA                                  
                                                                          
          

SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES ESTATALES (SICE)

Artículo 1

 El Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado (CEPRE), en coordinación 
con la Contaduría General de la Nación (CGN), diseñará, desarrollará e 
implantará un Sistema de Compras y Contrataciones Estatales (SICE), cuyos 
objetivos serán: realizar el seguimiento del proceso de compra; facilitar 
la publicación de los pliegos y adjudicaciones en el sitio 
www.comprasestatales.guy.uy; identificar la Unidad Organizativa que 
realiza la compra o la contratación; y realizar la interrelación entre el 
proceso de la compra y el proceso del gasto, interactuando a dichos 
efectos con el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF).
Referencias al artículo

BATLLE - GUILLERMO STIRLING - GUILLERMO VALLES - ALEJANDRO ATCHUGARRY - LUIS BREZZO - ANTONIO MERCADER - LUCIO CACERES - SERGIO ABREU - ALVARO ALONSO - ALFONSO VARELA - GONZALO GONZALEZ - JUAN BORDABERRY - CARLOS CAT - JAIME TROBO


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