APROBACION DEL REGLAMENTO DEL FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR




Promulgación: 21/09/2010
Publicación: 01/10/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 830
VISTO: la Decisión del Consejo del Mercado Común del Mercosur N° 01/10,
aprobada el 2 de agosto de 2010.

RESULTANDO: que dicha Decisión aprueba el "Reglamento del Fondo para la
Convergencia Estructural del Mercosur" y establece criterios para su
aplicación.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo al artículo 38 del Protocolo Adicional al
Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del Mercosur -
Protocolo de Ouro Preto - aprobado por la Ley N° 16.712, de 1° de
setiembre de 1995, los Estados Partes se han comprometido a adoptar las
medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el
cumplimiento de las normas emanadas de los órganos previstos en el
artículo 2° del mencionado Protocolo.

II) que en cumplimiento del referido compromiso, corresponde incorporar al
ordenamiento jurídico nacional la mencionada Decisión N° 01/10.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la
Decisión del Consejo del Mercado Común del Mercosur N° 01/10, aprobada el
2 de agosto de 2010, que aprobó el "Reglamento del Fondo para la
Convergencia Estructural del Mercosur" -que se anexa como parte integrante
del presente Decreto- y estableció criterios para su aplicación. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

JOSE MUJICA - FERNANDO LORENZO - LUIS ALMAGRO
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