AUTORIZACION CAZA DEPORTIVA. PERDIZ CHICA




Promulgación: 14/06/1989
Publicación: 22/09/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 718

Artículo 4

   Autorízase la caza deportiva y el transporte, por el cazador
habilitado, de patos silvestres dentro del período comprendido desde el 1º
de mayo y el 30 de noviembre del año en curso. La caza de patos silvestres
se autoriza exclusivamente en las áreas arroceras de los departamentos de
Rivera, Tacuarembó, Cerro Largo, Treinta y Tres y Rocha.
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