COMERCIO EXTERIOR. IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS. LIQUIDACION




Promulgación: 30/04/1968
Publicación: 06/05/1968

Resumen:

Facúltase a la Oficina de Impuesto a la Renta, a fijar para los contribuyentes exportadores, períodos menores a doce meses para la liquidación del impuesto a las Ventas y Servicios.
Derogada/o por: Decreto Nº 39/973 Derogada/o de 16/01/1973 artículo 52.


		
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