El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.211 de 05/12/2007 artículo 27.
Artículo 5
Son cometidos de los Consejos Asesores Honorarios Departamentales:
a) asesorar a la Dirección Departamental de Salud y a la Junta Nacional
de Salud en todos los asuntos concernientes a los cometidos y
competencias de la misma que someta a su consideración, así como
formular propuestas y contribuir a evaluar resultados de la
administración del Seguro Nacional de Salud en el ámbito de su
jurisdicción;
b) promover la observancia en el Departamento de los principios rectores
y objetivos del Sistema Nacional Integrado de Salud.