ADECUACION DEL ART. 2° DEL DECRETO 60/996, RELATIVO A LA FIJACION DE PARTIDAS POR GASTOS DE ETIQUETA DE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR. JULIO 2018




Promulgación: 10/09/2018
Publicación: 18/09/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Derogada/o por: Decreto Nº 255/020 de 18/09/2020 artículo 3.
   VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo N° 60/996 del 27 de febrero de 1996, por el cual se fijan las asignaciones trimestrales para el cálculo de las Partidas de Gastos de Etiqueta correspondientes a las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de la República;

   RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 21 de abril de 1988 se establece el Consulado General de la República en la ciudad de Estambul, República de Turquía;

   CONSIDERANDO: que es pertinente fijar la asignación trimestral para Gastos de Etiqueta para el Consulado General de la República en la ciudad de Estambul, República de Turquía, en $ 1,45;

   ATENTO: a lo antes expuesto y a lo establecido por el artículo 235 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 281/018 de 10/09/2018 artículo 1.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 281/018 de 10/09/2018 artículo 2.

   TABARÉ VÁZQUEZ - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI
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