Fecha de Publicación: 18/09/2018
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

                               Decreto 281/018

Agrégase en el art. 2° del Decreto 60/996 en la escala de asignaciones trimestrales para el cálculo de las Partidas de Etiqueta, en el valor que se determina, al Consulado General de la República en la ciudad de Estambul, República de Turquía.
(4.566*R)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 10 de Setiembre de 2018

   VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo N° 60/996 del 27 de febrero de 1996, por el cual se fijan las asignaciones trimestrales para el cálculo de las Partidas de Gastos de Etiqueta correspondientes a las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de la República;

   RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 21 de abril de 1988 se establece el Consulado General de la República en la ciudad de Estambul, República de Turquía;

   CONSIDERANDO: que es pertinente fijar la asignación trimestral para Gastos de Etiqueta para el Consulado General de la República en la ciudad de Estambul, República de Turquía, en $ 1,45;

   ATENTO: a lo antes expuesto y a lo establecido por el artículo 235 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Agréguese en el artículo 2° del Decreto del Poder Ejecutivo N° 60/996 de fecha 27 de febrero de 1996, el valor de $ 1,45 de la escala de asignaciones trimestrales para el cálculo de las Partidas de Etiqueta, al Consulado General de la República en la ciudad de Estambul, República de Turquía, a partir del 01 de julio de 2018.

   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; RODOLFO NIN NOVOA; DANILO ASTORI.
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