INVERSIONES PUBLICAS - REGLAMENTACION DE LAS PEQUEÑAS EMPRESAS, MEDIANAS Y MICRO EMPRESAS




Promulgación: 09/07/2003
Publicación: 16/07/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 106
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.581 de 02/11/2002.

CAPITULO II - PROGRAMA DE INCUBADORA DE EMPRESAS

Artículo 3

 En el marco de este Programa se faculta al Ministerio de Industria, 
Energía y Minería a llevar a cabo las siguientes acciones:
a) realizar tareas de investigación y relevamiento de las zonas más
   idóneas para el establecimiento de las incubadoras;
b) establecer convenios con contrapartes locales que provean la
   infraestructura física, logística y en recursos humanos necesaria para
   el funcionamiento de las incubadoras;
c) promover la celebración de conventos con organismos nacionales e 
   internacionales, públicos y privados que puedan aportar conocimientos 
   técnicos, contactos o cofinanciar el establecimiento de las incubadoras
   así como su funcionamiento;
d) contratar expertos de corto plazo que por su idoneidad estén en
   condiciones de asesorar en los aspectos específicos que se pudieran
   requerir en las diferentes etapas del Programa;
e) fijar criterios y participar en los procesos de selección de las
   empresas a ser incubadas conjuntamente con las contrapartes específicas
   en cada caso;
f) fomentar la capacitación de los emprendedores, agentes locales y 
   funcionarios técnicos de la Unidad del Ministerio encargada de la 
   ejecución del Programa en las áreas necesarias que contribuyan al 
   desarrollo del mismo;
g) difundir el Programa de Incubación de Empresas tanto a nivel nacional
   como internacional, procurando la captación de nuevas empresas y nuevas
   contrapartes que permitan el desarrollo del instrumento, apuntando a la
   creación en el mediano plazo de una verdadera Red de Centros de
   Incubación Empresarial;
h) realizar tareas de apoyo, seguimiento y control de los Centros de 
   Incubación, directamente o a través de la tercerización de aquellas 
   actividades que por sus características redunden en una mayor
   eficiencia.
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